El oso pardo y el urogallo, especies en peligro de extinción. Parte II

El Decreto constituye que las especies incluidas en la lista serán objeto de un seguimiento específico por las CCAA para evaluar regularmente su estado de conservación.

Las especies amenazadas que se encuentran en la lista deberán estar en la categoría de peligro de extinción, cuando su conservación es poco probable, o en la categoría de vulnerables, cuando la especie corre peligro de entrar a la categoría de peligro de extinción.

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En la categoría de especies en peligro de extinción, los de las CCAA realizan una evaluación que deberá incluir información sobre los cambios en su área de distribución, la actividad y viabilidad poblacional, la condición del hábitat y la evaluación de factores de riesgo.

También aparecen en la lista como en peligro de extinción, el visón europeo, lince ibérico, la foca monje del Mediterráneo, murciélago patudo, el desmán ibérico, el alcaudón, el escribano palustre, el pinzón azul, o el arao común.

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Los que se encuentran en peligro de extinción son el sapito real, la avutarda hubara, el urogallo cantábrico, alimoche canario, el milano real, el águila imperial ibérica, el porrón, el lagarto gigante de Gran Canaria y la libélula.

Las especies silvestres en peligro de extinción, son el helecho de sombra, el trébol de cuatro hojas, el sauco canario, el narciso de Asturias, la jarilla, el cabezón, el drago de Gran Canaria, el tomillo blanco, la orquídea de Tenerife y la siempreviva gigante.

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